ORDEN de 30 de septiembre de 2002, del Departamento de Cultura y Turismo, por la que se declara Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés la «Iglesia de Nuestra Señora de las Nieves» en Hoz de la Vieja, en la provincia de Teruel.

Publicado el 21/10/2002 (Nº 125)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CULTURA Y TURISMO
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Texto completo:

ORDEN de 30 de septiembre de 2002, del Departamento de Cultura y Turismo, por la que se declara Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés la «Iglesia de Nuestra Señora de las Nieves» en Hoz de la Vieja, en la provincia de Teruel.

El artículo 2 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, establece que el Patrimonio Cultural Aragonés está integrado por todos los bienes materiales e inmateriales relacionados con la historia y la cultura de Aragón que presenten interés antropológico, antrópico, histórico, artístico, arquitectónico, mobiliario, arqueológico, paleontológico, etnológico, científico, lingüístico, documental, cinematográfico, bibliográfico o técnico, hayan sido o no descubiertos y tanto si se encuentran en la superficie como en el subsuelo o bajo la superficie de las aguas.

Los bienes que integran el Patrimonio Cultural Aragonés se clasifican en Bienes de Interés Cultural, Bienes Catalogados y Bienes Inventariados. Se denominarán Bienes Catalogados y serán incluidos en el Catálogo del Patrimonio Cultural Aragonés, aquéllos que, pese a su significación e importancia no cumplan las condiciones propias de los Bienes de Interés Cultural.

Por Resolución de 8 de febrero de 1983 de la Dirección General de Bellas Artes y Archivos del Ministerio de Cultura, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 25 de marzo de 1983, se incoó procedimiento para la declaración de la «Iglesia de Nuestra Señora de las Nieves» en Hoz de la Vieja (Teruel) como Monumento Histórico-Artístico. La Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, modificó la denominación de esta categoría por la de Bienes de Interés Cultural, a través de su Disposición Adicional Primera.

La Ley 3/1999, de 10 de marzo, de Patrimonio Cultural Aragonés, en el apartado primero de su Disposición Transitoria Segunda, establece que la tramitación y los efectos de los expedientes de declaración de Monumentos, Jardines, Conjuntos, Sitios Históricos y Zonas Arqueológicas, incoados con anterioridad a su entrada en vigor, quedarán sometidos a lo dispuesto en ella, en la categoría que corresponda.

Mediante Orden de 8 de julio de 2002 del Departamento de Cultura y Turismo («Boletín Oficial de Aragón» de 9 de agosto de 2002) se acordó, en virtud de la citada Disposición Transitoria Segunda de la Ley 3/1999, modificar los procedimientos incoados para la declaración de los bienes que se relacionaban en el Anexo, cambiando su categoría de protección de la de Bienes de Interés Cultural a la de Bienes Catalogados del Patrimonio Cultural Aragonés. Entre dichos Bienes se incluía la «Iglesia de Nuestra Señora de las Nieves» en Hoz de la Vieja (Teruel).

El procedimiento se ha tramitado conforme a lo previsto en la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, notificándose las actuaciones a los interesados y acordándose la apertura de un periodo de información pública en el que no se hicieron alegaciones.

Igualmente se concedió un trámite de audiencia a los interesados en el que tampoco se hicieron alegaciones.

En su virtud, conforme a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, a propuesta del Director General de Patrimonio Cultural, ordeno:

Primero.-Objeto.

Es objeto de la presente Orden declarar Bien Catalogado del Patrimonio Cultural Aragonés la «Iglesia de Nuestra Señora de las Nieves» en Hoz de la Vieja, en la provincia de Teruel.

La descripción y delimitación concreta del citado Bien y de su entorno se recogen en los Anexos I y II de esta Orden.

Segundo.-Régimen Jurídico.

El régimen jurídico aplicable a la «Iglesia de Nuestra Señora de las Nieves» en Hoz de la Vieja (Teruel) y a su entorno es el previsto en el Capítulo II, del Título Segundo, de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés, los Títulos Sexto y Séptimo de la misma, así como cuantos preceptos sean de aplicación general a los bienes integrantes del Patrimonio Cultural Aragonés.

Tercero.-Publicidad.

La presente Orden será notificada a los interesados y se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón».

Asimismo, esta publicación sustituirá a la notificación personal de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Frente a la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse Recurso Potestativo de Reposición ante el Consejero de Cultura y Turismo del Gobierno de Aragón en el plazo de un mes, o Recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses.

Zaragoza a 30 de septiembre de 2002.

El Consejero de Cultura y Turismo, JAVIER CALLIZO SONEIRO

ANEXO I.-DESCRIPCION DEL BIEN

Epoca: ss.XV-XVI

Estilo: Gótico

Descripción:

Localizada en el centro del casco urbano de la localidad, se trata de un edificio de estilo gótico tardío construido en mampostería y sillería en la nave y ladrillo en la torre. Perteneciente al grupo de iglesias bajo-medievales localizadas fuera del Bajo Aragón se caracteriza por su menor tamaño respecto al gótico aragonés de tradición tardía así como por su cubrimiento con crucería.

El templo se levantó sobre una planta sencilla de nave única de tres tramos cubiertos por bóveda de crucería sencilla cuyo primer tramo está flanqueado por dos capillas de planta cuadrada y cabecera poligonal cubierta con bóveda de crucería sencilla.

En el exterior conforma un volumen unitario de equilibradas proporciones, verticalidad y fuerza. Destaca especialmente al exterior la capilla adosada al muro de la epístola a modo de gran volumen de dimensiones considerables, así como la escasa articulación de los paramentos, destacando tan solo la apertura de grandes vanos apuntados de estilo gótico.

ANEXO II.-PLANO DE DELIMITACION DE LA «IGLESIA DE NUESTRA SEÑORA DE LAS NIEVES» EN HOZ DE LA VIEJA (TERUEL) Y SU ENTORNO